IVA y aranceles en envíos de menos de 150 €

Introduzca el valor de la mercancía, el envío y el destino: la calculadora indica qué ruta toma el paquete, qué se debe y quién lo cobra.

El precio de los artículos solos: el envío se introduce aparte.
Lo que cobra el transportista.
El IVA se cobró al pagar. Suele indicarse en la confirmación del pedido.
Arancel
IVA de importación
Total a pagar

Valor intrínseco (frente al umbral de 150)
El IVA se calcula sobre
Gastos de despacho del transportista

Revisado el 2026-08-16. Estas cifras son orientativas por naturaleza: no existe una lista oficial única con la que contrastarlas, y el importe real depende de su contrato, su código arancelario o su tramo de precio. Úselas para planificar, no para facturar.
El umbral de 150 € se mide sobre el valor intrínseco: la mercancía sola, sin transporte ni seguro.
Cómo se verifican estas cifras

SituaciónArancelIVAGastos de despachoHasta 150, vendedor en IOSSHasta 150, sin IOSSPor encima de 150
El umbral elimina el arancel. El IVA se debe en los tres casos: solo cambia quién lo cobra.

La norma que casi todo el mundo sigue confundiendo

«Por debajo de 150 € no se paga nada» dejó de ser cierto en julio de 2021, y probablemente sea el bulo más resistente del comercio transfronterizo.

Lo que el umbral elimina son los aranceles. El IVA se debe desde el primer euro: la antigua franquicia de 22 € para envíos de escaso valor desapareció, y con ella la idea de que un paquete barato pasa sin nada.

Lo que de verdad cambia de un caso a otro no es el importe del IVA sino el momento en que se paga y quién lo recauda.

Las tres rutas que puede tomar un paquete

Hasta 150 €, vendedor registrado en IOSS. El IVA se cobró al pagar y lo ingresa el vendedor. Sin aranceles, nada que pagar en la entrega, sin gastos de despacho. Para el comprador es la ruta más limpia.

Hasta 150 €, vendedor sin IOSS. Tampoco hay aranceles, pero el IVA se recauda a la llegada. El transportista lo adelanta, se lo refactura y añade sus propios gastos de despacho, a menudo entre 10 y 20 €. En un paquete de 30 €, esos gastos pesan más que el impuesto.

Por encima de 150 €. Se aplican los aranceles, calculados sobre el valor CIF, y el IVA se calcula sobre el valor en aduana más esos aranceles. Los gastos del transportista se suman aparte.

Qué cuenta para los 150 €

El valor intrínseco, es decir, el precio de los artículos solos. El transporte, el seguro y los impuestos no entran en el cálculo del umbral, aunque después sí entren en la base del IVA.

Un envío de 140 € de mercancía más 20 € de portes se queda por tanto bajo el umbral, aunque la factura diga 160 €. Al revés, 155 € de mercancía con envío gratuito lo supera.

El umbral se aprecia por envío, no por artículo. Partir un pedido de 300 € en dos paquetes de 150 € enviados por separado es una práctica que la aduana conoce: si los envíos pertenecen visiblemente al mismo pedido, pueden agruparse para el cálculo.

Qué cambia realmente el IOSS

El IOSS no elimina el IVA: lo desplaza. El vendedor lo cobra al pagar, lo declara mensualmente en un solo Estado miembro, y el paquete cruza la frontera sin parada fiscal.

Para el comprador la diferencia es concreta: no hay que adelantar nada al repartidor, no hay gastos de despacho, no hay paquete retenido esperando el pago. Para el vendedor es una ventaja comercial medible: la tasa de rechazo en la entrega cae cuando no se reclama nada en la puerta.

El IOSS solo vale para envíos de hasta 150 € de valor intrínseco. Por encima vuelve el procedimiento normal, con IOSS o sin él.

Ejemplo resuelto

Un paquete con 120 € de mercancía, 15 € de portes, entregado en España, tipo de IVA del 21 %:

  • valor intrínseco: 120 € — bajo el umbral, sin aranceles
  • base del IVA: 120 + 15 = 135 €
  • IVA: 28,35 €

Si el vendedor está en IOSS, esos 28,35 € ya iban en el precio pagado y el paquete llega sin nada que abonar. Si no, hay que pagar 28,35 € de IVA más los gastos del transportista: con 15 € de gastos, un paquete anunciado en 135 € sale en realidad por 178,35 €, un 32 % por encima del precio mostrado.

Preguntas frecuentes

No, desde julio de 2021 ya no. La antigua franquicia de 22 € se suprimió: el IVA se debe desde el primer euro. Solo desaparecen los aranceles por debajo de 150 €.

La confirmación del pedido suele indicarlo: si el IVA español aparece como línea separada al pagar, el vendedor lo está cobrando. Ante la duda, la señal práctica es sencilla: con IOSS el repartidor no reclama nada.

Porque ha adelantado el impuesto y ha presentado la declaración aduanera por usted. Esos gastos son suyos, no de la Hacienda, y son libres: van de unos pocos euros a más de veinte según el transportista.

Por envío. Pero los paquetes enviados por separado que pertenezcan visiblemente al mismo pedido pueden agruparse por la aduana a efectos del umbral.

Si envía con regularidad paquetes de menos de 150 € a la UE desde un país tercero, casi siempre. La ganancia no es fiscal —el IVA se debe en ambos casos— sino comercial: no hay sorpresas de coste en la entrega y se rechazan menos paquetes.

Son órdenes de magnitud por familia de productos. El tipo real depende del código TARIC de diez dígitos y del origen, y puede llevar recargo antidumping. Para una cifra que vaya en una declaración, use TARIC.

Fuentes oficiales

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