OSS o registro local de IVA: ¿qué necesita usted realmente?
Casi todo el mundo plantea esto como una elección — OSS o registro local — y precisamente por eso la respuesta sigue confundiendo. Son dos regímenes distintos, activados por hechos distintos. Necesitar los dos es lo normal. Lo caro es enterarse un año después, por una carta de una administración extranjera, de que también hacía falta el segundo.
La distinción que resuelve la mayoría de los casos
El OSS sigue a sus ventas. El registro local sigue a su mercancía.
La ventanilla única — One Stop Shop, el régimen de la Unión — existe para que pueda repercutir el IVA del país de destino en sus ventas transfronterizas a particulares sin registrarse en cada uno de esos países. Presenta una autoliquidación trimestral, el modelo 369, paga un solo importe y la AEAT reparte lo recaudado entre los Estados miembros correspondientes.
El registro local es lo que exige un país cuando su mercancía se encuentra físicamente en su territorio. Un palé en un almacén checo crea una obligación checa desde la primera unidad, venda una o diez mil. La facturación es irrelevante. El OSS no cambia nada de esto.
Retenga esas dos frases y el resto de esta página es detalle.
Qué cubre el OSS
- Bienes vendidos a particulares de otros Estados miembros y enviados desde España
- Servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y servicios electrónicos prestados a particulares de otros Estados miembros
Esa es toda la lista. Para un vendedor español pequeño suele ser el 100 % de su actividad transfronteriza — y por eso el OSS parece una solución completa, hasta el día en que deja de serlo.
Por debajo del umbral europeo de 10.000 € anuales puede saltarse todo esto y seguir aplicando el 21 % español. Por encima, se aplican los tipos de destino desde la operación que cruza la línea, no desde el trimestre siguiente.
Qué no cubre el OSS
- Bienes expedidos desde un almacén en otro país. Si su mercancía está en Alemania y sale hacia un cliente alemán, es una venta interior alemana. Requiere registro alemán y declaración alemana, no OSS.
- Movimientos de su propia mercancía entre países. Llevar existencias de Zaragoza a un almacén en Polonia es una operación declarable en ambos lados, sin que se haya vendido nada.
- Ventas B2B. Van por la inversión del sujeto pasivo y quedan enteramente fuera del OSS.
- El IVA soportado. El modelo 369 solo declara IVA devengado. No tiene ninguna casilla para deducir IVA extranjero.
Ese último punto atrapa a quien soporta costes locales de peso — almacenaje, preparación de pedidos, publicidad facturada con IVA del país — y descubre que la declaración OSS no prevé nada para él. La recuperación pasa entonces por un registro local o por el procedimiento europeo de devolución, que en España se solicita con el modelo 360 en la sede electrónica de la AEAT. Nada de esto afecta al IVA a la importación, que con el régimen de diferimiento se ingresa y se deduce en el propio modelo 303 mensual, sin adelantar dinero en aduana.
La decisión, en orden
- ¿Almacena mercancía fuera de España? Si la respuesta es sí, necesita un registro local en cada uno de esos países. No es opcional y ningún umbral le protege. Responda a esto primero, porque prevalece sobre todo lo demás.
- ¿Sus ventas transfronterizas a particulares superan los 10.000 € anuales? Si sí, se aplican los tipos de destino. Dese de alta en el OSS con el modelo 035, salvo que le apetezca declarar en siete países.
- ¿Por debajo del umbral? Puede seguir con el 21 %. Pero compruebe si eso le conviene de verdad: no siempre.
El paso tres es el que todo el mundo se salta. Un vendedor español repercute 21 %; enviar con OSS a Alemania al 19 % o a Luxemburgo al 17 % deja más neto con el mismo precio de escaparate. En un artículo de 49,99 € con IVA incluido, el neto español es 41,31 €, el alemán 42,01 € y el luxemburgués 42,73 €: entre uno y tres puntos de margen por pedido sin tocar el precio. Hacia Hungría, al 27 %, la cuenta se invierte y ese mismo precio deja 39,36 €. Por eso darse de alta voluntariamente antes del umbral es a veces una decisión comercial y no solo fiscal — y por eso mismo no siempre lo es.
Qué cuesta cada opción
El OSS es gratuito al darse de alta y gratuito de mantener. Presenta una declaración trimestral más. Si su asesor la cobra, es una cuota fija pequeña.
Un registro local cuesta un alta puntual y luego una cuota recurrente de cumplimiento por país y por mes: en la práctica entre 50 € y 150 € según el país y el proveedor. Algunos Estados exigen además un representante fiscal a las empresas no establecidas, lo que añade coste y a veces un aval bancario. Una empresa de la Unión no lo necesita en principio; una de fuera de la Unión, a menudo sí.
Multiplique eso por el número de países a los que un programa logístico ha movido discretamente su mercancía y la aritmética se vuelve incómoda rápido. Ese es el precio real del FBA paneuropeo, y no aparece nunca en la pantalla de inscripción.
Dónde caen los vendedores
FBA paneuropeo. El programa redistribuye su inventario entre almacenes de varios países para que las entregas lleguen antes. La entrega más rápida es real. La obligación de registro en cada país donde aterriza la mercancía también — a menudo cinco o seis. Uno se apunta por la conversión y se entera del resto mucho más tarde. La calculadora de Amazon FBA cuantifica las comisiones; el cumplimiento no, y suele ser lo que da vuelta al cálculo.
Logística externalizada en el extranjero. El mismo mecanismo a menor escala. Un 3PL en Milán o en Amberes es mercancía en Italia o en Bélgica.
Creer que el umbral se reinicia. Una vez cruzados los 10.000 €, las reglas de destino le vinculan el resto de ese año natural y todo el siguiente, aunque las ventas caigan.
Darse de baja demasiado pronto. Salir del OSS no borra las deudas de los periodos ya cubiertos, y volver a entrar tiene sus propias reglas de plazos.
Haga sus propios números
La calculadora del umbral OSS muestra qué parte de los 10.000 € lleva consumida, cuándo cruzará la línea al ritmo actual y cómo queda su IVA antes y después entre dos Estados miembros cualesquiera —los tipos salen de la tabla europea—. Si almacena en más de un país, marque la casilla: la herramienta le dirá sin rodeos que el umbral no va con usted.
Nada de esto sustituye a un asesor que conozca su montaje. Sí significa que entrará en esa conversación sabiendo cuál de las dos preguntas está haciendo.
Preguntas frecuentes
Sí, y muchos vendedores están obligados. El OSS resuelve sus ventas transfronterizas expedidas desde España; los registros locales resuelven las ventas expedidas desde existencias situadas en esos países. Cubren operaciones distintas y no se solapan.
No. El modelo 369 solo declara IVA devengado. Para recuperar el soportado hace falta un registro local en ese país o una solicitud por el procedimiento europeo de devolución, que en España se presenta con el modelo 360.
En buena parte de las ventas transfronterizas a particulares la plataforma se considera proveedora y liquida el IVA ella misma. Eso no elimina las obligaciones que nacen de dónde está su mercancía, y no cubre las ventas de su propia tienda.
No. El IOSS es el régimen de importación, para envíos de hasta 150 € remitidos a consumidores europeos desde fuera de la Unión — véase el IVA de importación por debajo de 150 €. El OSS cubre movimientos internos de la Unión. Régimen distinto, alta distinta.
Una empresa establecida en la Unión, en principio no: se registra directamente ante la administración del país. La exigencia afecta sobre todo a empresas de fuera de la Unión y varía de un Estado a otro, aval bancario incluido. Compruébelo antes de elegir proveedor, no después.